CNP y Guardia Civil: Profesión de riesgo

CNP y Guardia Civil: Profesión de riesgo

Llevamos meses con el debate encima de la mesa sobre si Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía son o no profesiones de riesgo. Para ello primero vamos a ver la definición de profesión de riesgo: son aquellas que, por la naturaleza de sus tareas, exponen a los trabajadores a peligros que aumentan significativamente la probabilidad de sufrir lesiones, enfermedades o incluso la muerte. Estos riesgos pueden ser físicos, químicos, biológicos, ergonómicos o psicosociales. 

En España, la legislación sobre profesiones de riesgo se articula principalmente a través de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Esta Ley establece las obligaciones de los empleadores en cuanto han de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Específicamente, la LPRL exige la identificación, evaluación y control de los riesgos laborales; así mismo como la toma de las medidas preventivas respectivas (tanto operativas como en medios materiales ente otros).

La declaración de Profesión de Riesgo permite por ejemplo el poder acceder a una jubilación anticipada entre los 52 y los 60 años; y sin sufrir recortes ni penalizaciones en la cuantía que perciben los que se jubilan de manera anticipada. La actuales profesiones de riesgo que establece nuestra legislación son:

  • Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero
  • Personal de vuelo de trabajos aéreos
  • Trabajadores ferroviarios
  • Artistas
  • Profesionales taurinos
  • Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
  • Policías locales
  • Miembros del cuerpo de la Ertzaintza, de los Mossos y de la Policía Foral de Navarra

La catalogación de “profesión de riesgo” corresponde al Ministerio del Trabajo; pero eso no quiere decir que el presidente del Gobierno y especialmente el Ministerio del Interior no tenga voz sobre esta situación. Es más, el Ministro del Interior tendría que incidir sobre este tema de forma clara y contundente en defensa de los derechos de la policía, pues es él su máximo responsable. Está claro que es un tema de voluntad política el reconocer lo que es más que obvio y objetivo: que la profesión de un policía de cualquier cuerpo (y en este caso CNP y Guardia Civil), es una profesión de riesgo por su exposición diaria a la potencial peligrosidad y riesgo que conlleva su tarea.

La pregunta es: qué diferencias pueden existir entre las diferentes Policías Locales, los miembros de los cuerpos de policía de la Ertzaintza, Mossos d’Esquadra y la Policía Foral de Navarra con el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil. La respuesta es muy clara: ninguna diferencia, la exposición al riesgo y al peligro para garantizar la seguridad de la sociedad es, como mínimo, la misma.

La diferencia es solamente un tema de criterio político por parte de partidos de izquierda y de los partidos nacionalistas que así tratan con desprecio y menosprecio a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado con su actual mayoría en el Congreso de Diputados. El rechazo no se basa en criterios objetivos y ni en ningún análisis riguroso; se basa simplemente en una opinión política de total desprecio a aquellos que luchan y defienden nuestro bienestar y calidad de vida de nuestro entorno, de nuestra sociedad.

En el mes de junio de este año 2024, el Senado aprobó una Proposición de Ley en este sentido, presentada por el Partido PopularEsta propuesta legislativa incluye a los miembros de la Policía Nacional y Guardia civil dentro del listado de profesiones de riesgo. Ahora la pelota está en el tejado del Gobierno.

Esta mala actitud de la izquierda y de los nacionalistas hacia los miembros del CNP y la Guardia Civil es una muestra del complejo que sufren cuando han de debatir sobre seguridad. Sus complejos nos llevan, no solo a este desprecio e insulto a los agentes de policía; sino también a malas planificaciones y falsos y peligrosos buenismos que nos llevan a los índices de criminalidad que hoy sufrimos en toda España.

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