El Ciberdelincuente

El Ciberdelincuente

Cuando hablamos de ciberdelitos, estamos hablando de un nuevo fenómeno criminal global que no conoce fronteras y que actúa en un espacio virtual desde el que se puede actuar en diferentes puntos del planeta a la vez cometiendo el mismo delito. Este escenario nos enfrenta ante un tipo de delito muy diferente al resto de otras las tipologías de delito que hemos conocido hasta el día de hoy. El delito al que hacía frente una sociedad hasta el final del S.XX, por lo habitual era un tipo de delito cometido físicamente por una persona o grupo de personas, y que nos permite y permitía identificar a su autor; el sitio o ubicación concreta del delito; con una víctima también identificable y un tipo delictivo conocido o análogo a los tipificados en la ley. Ahora estamos haciendo frente ante un tipo de delictivo muy diferente:

  • El autor del delito no es fácilmente identificable; es más, en un muy elevado número de casos es imposible detectar o averiguar al autor precisamente por el anonimato que da la red en Internet.
  • El escenario de la comisión del delito es de difícil ubicación tanto por actuar en la red como por las posibilidades de averiguar donde se sitúa el autor del delito. Es un tipo de delito que no conoce fronteras.
  • La víctima si es conocida, pero se puede dar en una misma acción delictiva un gran número de afectados o victimas y entre éstas, una gran diversidad de países diferentes en los que se encuentre cada una de las víctimas.
  • El tipo de delito es muy variado. Contra muchos de los delitos que se dan en la red, se actúa contra ellos por delitos de la misma naturaleza tipificados en la Ley pero con el condicionante de la vía por la que se cometió el delito, que es Internet. A causa de esta circunstancia y de los nuevos delitos informáticos, muchas Leyes se han tenido que ir reformando en este sentido. Algunas de las motivaciones de los delitos que se dan en la red:
    • Razones económicas: se busca un beneficio económico. Desde introducirse en la cuenta corriente de una persona, a robar sus datos personales para venderlos; o robar información confidencial para hacer chantaje a su propietario.
    • Razones ideológicas: acción que se por una motivación ideológica (un ejemplo extremo sería toda la acción que realiza en la red grupos terroristas yihadistas)
    • Venganza: acción de venganza contra una persona o empresa. Se pueden dar diferentes acciones: suplantación de identidad, acoso, extorsión etc…
    • Crimen organizado: venta de armas o redes de pornografía infantil, por ejemplo.

Todos estos condicionantes hace muy difícil la lucha contra la ciberdelincuencia si se organiza solo desde el ámbito nacional. Los esfuerzos para conseguir la máxima colaboración y coordinación internacional en la lucha contra el cibercrimen son indispensables para actuar con la máxima seguridad posible en la red. Este escenario hace que, poco a poco, el egoísmo propio de cada Estado soberano respecto a ceder o no espacio de sus propias competencias se vaya superando y se ponga en común un problema que supera su capacidad de actuación en muchos casos.

El grado de éxito contra la ciberdelincuencia depende en gran parte de la puesta en común de esfuerzos de todos los países y de su capacidad de coordinación y colaboración (especialmente en el ámbito judicial, policial y expertos y técnicos en la materia).

Todos estos condicionantes nos tendrían que llevar a alcanzar en un futuro, no muy lejano, un escenario jurídico internacionalizado con unas mismas normas o normas más armonizadas y homogéneas a nivel internacional y tener unos recursos básicos comunes con los que luchar contra el ciberdelito.

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